CEDULA DE HABITABILIDAD Y dECLARACION RESPONSABLE DE 2ª OCUPACION

Realizamos Declaración Responsable de segunda ocupación y Cédula de habitabilidad en 1 hora desde que recibimos la documentación solicitada.

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SEGUNDA OCUPACIÓN O POSTERIORES PARA EL AYUNTAMIENTO DE ELCHE

Descripción:

Tiene por objeto comprobar que el edificio, o en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina.

Es objeto de declaración responsable la segunda o posterior ocupación de las edificaciones e instalaciones cuando sea exigible la renovación de la licencia municipal de ocupación. Transcurridos diez años desde la obtención de licencia de primera ocupación, será necesaria dicha renovación en los siguientes supuestos:

  1. Cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
  2. Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.

Así mismo, es preceptiva su obtención, con independencia del tiempo transcurrido desde la obtención de la anterior, siempre que se ejecuten obras de ampliación, reforma o rehabilitación, o modificación en edificios existentes que alteren su configuración arquitectónica y obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas.  

 

 

Documentación requerida:

  1. Acreditación de la personalidad del solicitante o de la representación que ostente.
  2. Documentación acreditativa de la propiedad o posesión de la vivienda, que será la escritura o el contrato correspondiente (arrendamiento, compraventa, derecho real de usufructo, etc.).
  3. Cédula de habitabilidad o licencia de ocupación anterior (a aportar por el solicitante o por comprobación municipal).
  4. Fotografía de la fachada del edificio donde se encuentre situada la vivienda.
  5. En caso de que se trate de viviendas situadas en suelo urbanizable o no urbanizable, plano de situación de la edificación a escala 1:2.000.
  6. **Certificado expedido por técnico competente, que acredite que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia o cédula de habitabilidad y se ajusta a las condiciones exigibles para el uso al que se destina.**
  7. Cuando se exija licencia de segunda o posteriores ocupaciones, consecuencia de obras que requieran proyecto técnico de edificación conforme al art. 2.2 de la Ley 38/1999, el certificado técnico deberá expresar la finalización de las obras con sujeción al proyecto autorizado y a las condiciones de la licencia de edificación concedida.
  8. Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), del período inmediatamente anterior a la fecha de solicitud.
  9. Recibo del abono de los servicios de agua y luz del periodo inmediatamente anterior a la fecha de solicitud, o en su defecto, certificación original de las compañías suministradoras obre la contratación anterior de los servicios.
  10. Copia del Libro del Edificio en viviendas con licencia de obra solicitada con posterioridad al 23/06/2011; en caso de estar presentado, justificar que ya consta.
  11. Justificante acreditativo del ingreso de la tasa correspondiente.

 

 

Lugar de presentación:

Cualquier OMAC.

 

Normativa legal:

  • Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
  • Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).
  • Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de licencias y otros medios de intervención en la actividad urbanística del Ayuntamiento de Elche.

Sanciones:

Es aplicable el régimen de protección de la legalidad urbanística previsto en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP).

 

 Documentos adjuntos: